Sitio en desarrollo

Requisitos

  • Consulta de Antecedentes: El profesional registrado en el municipio consulta, en el Área de Obras Privadas, antecedentes del inmueble: mensura, planos presentados, informe de deuda contribuyente (Art.22º Cód. Fiscal) y debe solicitar boleta de línea de edificación, nivel de vereda y nivel de tapada en Obras Públicas y Servicios.
  • Pre-Aprobación Digital: El profesional registrado envía al correo electrónico catastro@generalramirez.gob.ar la documentación digital para recibir las observaciones pertinentes y su pre-aprobación.
  • Documentación Digital: Documentación digital enviada por correo electrónico: Planos Civiles, Planos de Estructuras y planillas, Planos Sanitarios y Planos Eléctricos
  • Carpeta y Formularios: El profesional registrado solicita documentación: Carpeta Municipal, Solicitud de aprobación, Solicitud de edificación, DDJJ ATER, Datos del Propietario del Inmueble para su Registro Municipal.
  • Ingreso Carpeta Pre-aprobada: PRE-APROBACIÓN: Escritura o Constancia de Escritura en trámite, DDJJ ATER, Solicitud de Aprobación (3), Solicitud de Edificación (3), Planos Civiles (1+3), Planos de Estructuras y planillas de cálculos (1+3), Planos Sanitarios (1+3), Planos Eléctricos (1+3) y Boleta de nivel de Servicios (2). Los planos deben estar confeccionados y firmados por un profesional (con visado al colegio al que pertenece y estar registrado en este municipio).
  • Inspección Inicial: El profesional registrado coordina con el ingreso de la carpeta municipal Inspección Inicial para corroborar que no se haya iniciado obra sin permiso, verificar línea de edificación, nivel de vereda y estado actual del inmueble y/o parcela.
  • Aprobación y Liquidación: En caso de carpeta aprobada, se genera la liquidación en el Área de Catastro y Obras Privadas y se notifica al propietario. Después de un (1) año se actualizan las liquidaciones.
  • Pago y Retiro de Carpeta: Se notifica a los propietarios el estado de la Carpeta Aprobada. Los propietarios retiran firmando el recibido en los formularios. Rentas les entrega Carpeta Aprobada al propietario una vez efectuado el pago. Vuelven Originales y Legajos al Área de Catastro y Obras Privadas.
  • Inspección final: En el intervalo de 5 a 7 días hábiles posteriores de terminada la construcción de una obra nueva o ampliación, el propietario deberá dar aviso en el Área de Catastro y Obras Privadas para una Inspección Final de los trabajos. Las obras no serán habilitadas sin el Certificado Final de Obra.
  • Obras Inconclusas o Paralizadas: El Área de Obras Privadas puede hacer inspección de oficio en obras que pudiesen estar terminadas y/o por otras razones particulares. En obras inconclusas se otorgará Certificado de Estado de Obra. Luego para proseguir los trabajos deberá solicitar un nuevo permiso. Si una obra está paralizada durante 1 año la municipalidad enviará al archivo el legajo de construcción.

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